El concurso de acreedores es un proceso legal diseñado para gestionar situaciones de insolvencia económica. En España, el concurso de acreedores de persona física, o ley segunda oportunidad, se ha convertido en un tema relevante en el ámbito jurídico.
¿Qué es el concurso de acreedores de persona física?
El concurso de acreedores para personas físicas se refiere al procedimiento legal que se sigue cuando una persona se encuentra con dificultades financieras y no puede cumplir con sus obligaciones de pago.
Es una herramienta jurídica que busca proteger tanto los intereses del deudor como los derechos de los acreedores, ya que ofrece una vía para la reestructuración de la deuda o la liquidación de los bienes del deudor.
En nuestro ordenamiento jurídico se encuentra regulado en la Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, comúnmente conocida como la «ley de la segunda oportunidad«.
Esta ley segunda oportunidad establece el marco legal específico para la declaración y desarrollo del concurso de acreedores aplicable a las personas físicas, con el objetivo de ofrecerles una segunda oportunidad para hacer frente a sus deudas y reestructurar su situación financiera.
1. El deudor persona natural podrá obtener el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho en los términos establecidos en este artículo, una vez concluido el concurso por liquidación o por insuficiencia de la masa activa.
Artículo 178 bis Ley 1/2015, de 27 de febrero
El Procedimiento del concurso de acreedores persona física
El Procedimiento del concurso de acreedores persona física comienza con la solicitud de concurso por parte del deudor o por sus acreedores, presentada ante el Juzgado de lo Mercantil competente.
Una vez realizado se establece un periodo de negociación con los acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación o de pago extrajudicial. Si no se logra un acuerdo, se procede a la declaración de concurso y se nombra a un administrador concursal.
Como venimos diciendo la Ley 1/2015, de 27 de febrero es la que regula el procedimiento del concurso de acreedores de persona física estableciendo las siguientes fases fundamentales:
- Solicitud de concurso
- Período de negociación y acuerdo extrajudicial
- Declaración de concurso y administrador concursal
- Listado de acreedores y comunicaciones
- Informe de la administración concursal y propuesta de convenio
- Liquidación de bienes y cierre del concurso
1. El deudor persona natural que se encuentre en situación de insolvencia con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2 de esta Ley, o que prevea que no podrá cumplir regularmente con sus obligaciones, podrá iniciar un procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores, siempre que la estimación inicial del pasivo no supere los cinco millones de euros.
Artículo 231 Ley 1/2015, de 27 de febrero
Requisitos Ley Segunda Oportunidad
Según establece el artículo 231 de la Ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social los requisitos para solicitar el concurso de persona física son los siguientes:
- Estado de Insolvencia: El deudor sin poder cumplir regularmente con sus obligaciones de pago. La insolvencia puede ser actual o inminente.
- Buena fe: El deudor debe actuar de buena fe, ello implica que no debe haber provocado intencionalmente su situación de insolvencia o haber incurrido en conductas fraudulentas.
- Intento previo de llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos: el deudor debe haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos con sus acreedores.
- Ausencia de condenas penales por delitos económicos
- Acreditar el cumplimiento de las obligaciones de información: El deudor debe acreditar haber cumplido con sus obligaciones de información contable y fiscal, presentando la documentación requerida.
Sin embargo, debemos tener en cuenta que estos son los requisitos generales establecidos por la ley segunda oportunidad, pero pueden existir particularidades y especificidades en cada caso. Por lo tanto, lo mejor es consultar a un profesional del derecho para obtener una orientación específica y precisa.
Las implicaciones legales del concurso de acreedores de persona física
El concurso de acreedores persona física conlleva importantes implicaciones legales tanto para el deudor como para los acreedores. A continuación, se exploran las implicaciones más relevantes desde el punto de vista jurídico:
- Suspensión de ejecuciones individuales: Esto implica que no se podrán llevar a cabo embargos o subastas de bienes del deudor mientras esté en curso el procedimiento concursal.
- Elaboración y aprobación del plan de pagos: que regule cómo se satisfarán las deudas pendientes. Este plan puede incluir quitas, aplazamientos y otras medidas de reestructuración de la deuda
- Protección de bienes esenciales y responsabilidad limitada: Estos bienes, conocidos como «bienes inembargables», están destinados a garantizar las necesidades básicas del deudor y su capacidad de subsistencia.
- Derechos y garantías de los acreedores: Durante el proceso, se establecen mecanismos para que los acreedores puedan hacer valer sus derechos de cobro y participar en la distribución de los activos disponibles.
- Limitaciones en actividades financieras y empresariales: Estas restricciones tienen como objetivo evitar el agravamiento de la situación financiera y proteger los intereses de los acreedores.
Cómo podemos ver el concurso de acreedores persona física conlleva implicaciones legales tanto para el deudor como para los acreedores involucrados.
Estas implicaciones incluyen la suspensión de ejecuciones individuales, la elaboración y aprobación del plan de pagos, la protección de bienes esenciales así como posibles restricciones al deudor.
¿Qué ventajas supone el concurso de acreedores de persona física?
Siguiendo con las ideas anteriores podríamos decir que las ventajas principales del concurso de acreedores de persona física en España para el deudor en situación de insolvencia son las siguientes:
- Cancelación de deudas
- Protección de bienes esenciales
- Plan de pagos y quitas
- Suspensión de ejecuciones individuales
- Segunda oportunidad
El concurso de acreedores de persona física se enmarca dentro del concepto de «segunda oportunidad» buscando brindar a los deudores de buena fe la posibilidad de superar una situación de insolvencia y empezar de nuevo, tanto a nivel financiero como personal.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que cada caso es único y puede haber circunstancias específicas que modifiquen las ventajas y los resultados obtenidos.
¿El beneficio de exoneración supone que ya no tenga más deuda?
Si se cumplen los requisitos establecidos en la ley y el deudor obtiene el beneficio de exoneración de deudas, ello implicará que las deudas incluidas en el concurso quedan canceladas y el deudor queda liberado de la obligación de pagarlas.
No obstante, hay ciertas deudas que no pueden ser exoneradas, como las deudas derivadas de pensiones de alimentos, multas penales o indemnizaciones por daños causados de forma intencionada.
Asimismo, es fundamental destacar que la obtención del beneficio de exoneración de deudas no significa que automáticamente se eliminen todas las deudas anteriores al proceso concursal. Es un beneficio que está sujeto a requisitos y procedimientos específicos, y su concesión depende de la evaluación y decisión del juez en cada caso individual.
Por lo tanto, cómo venimos repitiendo, es aconsejable consultar a un profesional del derecho para obtener asesoramiento personalizado sobre las posibilidades y limitaciones del beneficio de exoneración de deudas en una situación particular.