reclamar iva factura impagada

¿Cómo recuperar el IVA de una factura impagada?

Toda factura lleva aparejado su correspondiente IVA, el cual se tiene que satisfacer, trimestralmente, a la Agencia Tributaria, mediante el modelo 303.

Pero, ¿qué pasa cuando una factura resulta impagada? La ley del IVA establece que deberemos satisfacer ese IVA igualmente.

Sin embargo, cuando una factura resulta impagada la misma ley te permite recuperar el IVA repercutido, siempre y cuando se cumplan unos requisitos determinados.

IVA de facturas impagadas

Es bastante habitual que una empresa o un autónomo sufran impagos relativos a facturas emitidas por éstos, generando pérdidas en aquellas operaciones.

Para estos supuestos la ley del IVA te permite recuperar el IVA repercutido, siempre y cuando se cumplan unos requisitos determinados.

Con ello, el primer requisito establecido por la ley es que la factura debe llevar impagada más de seis meses desde la fecha de devengo del impuesto, es decir, de cuándo tuvo lugar la operación que generó dicha factura.

Asimismo, para poder recuperar el IVA de una factura impagada, será requisito indispensable reclamar su importe al deudor, ya sea por vía judicial, mediante un procedimiento monitorio, o por vía notarial.

Finalmente, una vez reclamada la deuda, ésta deberá considerarse como un crédito incobrable.

A) Un crédito se considerará total o parcialmente incobrable cuando reúna las siguientes condiciones:

Haya transcurrido el plazo de un año desde el devengo del impuesto repercutido sin que se haya cobrado la factura.

Que esta circunstancia haya quedado reflejada en los Libros Registros exigidos para este Impuesto.

– El destinatario de la operación actúe en la condición de empresario o profesional, o, en otro caso, que la base imponible de aquélla, Impuesto sobre el Valor Añadido excluido, sea superior a 300 euros.

– Que el sujeto pasivo haya instado su cobro mediante reclamación judicial al deudor o por medio de requerimiento notarial al mismo, incluso cuando se trate de créditos afianzados por Entes públicos.

Artículo 80 Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido

Requerimiento notarial impago facturas

Un requerimiento de pago notarial es aquel que se realiza mediante la firma de un acta notarial en la que queda constancia del origen de la deuda y la identidad del deudor.

Acto seguido, el notario informará al deudor que tiene una deuda pendiente y le otorga un plazo para que la satisfaga, advirtiendo que de no ser así el acreedor podrá iniciar otras actuaciones (judiciales) para que se satisfaga la misma.

Reclamar IVA factura impagada

Una vez hayamos reclamado judicialmente, o notoriamente la factura impagada, el siguiente paso para recuperar el IVA de una factura impagada será realizar una factura rectificativa anulando la factura original enviada al cliente.

Ésta factura deberá ser comunicada al deudor de forma fehaciente, por ejemplo mediante una carta de reclamación (burofax).

Solicitar devolución IVA facturas impagadas

A modo de resumen del contenido visto hasta ahora, para reclamar a la Agencia Tributaria la devolución del IVA de una factura impagada:

  • Reclamar la factura impagada, ya sea reclamación notarial cómo reclamación judicial (procedimiento monitorio).
  • Que la deuda se pueda considerar como un crédito incobrable.
  • Emitir una factura rectificativa que anule la factura original.
  • Comunicación a la Agencia Tributaria de la factura rectificativa, en el plazo de un mes.

Sin embargo, no se puede recuperar el IVA de cualquier factura impagada. Solamente se podrá solicitar la devolución de aquellas facturas en las que la base imponible sea de igual o mayor valor a 300 euros.

Finalmente, recordar qué solamente serán válidas las solicitudes para recuperar el IVA de las facturas impagadas en las que existan reclamaciones judiciales o notariales.

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